A pesar de las previsiones que pudiésemos tomar para evitar demandas
a nuestra empresa por parte de ex-empleados, es bastante común que algunos de ellos decidan acudir ante las
Juntas de Conciliación
y Arbitraje a reclamar el pago de indemnizaciones y otras prestaciones, aun cuando ellos mismos están
conscientes de que no se les despidió de su trabajo.
Cuando se ha actuado de buena fe con los trabajadores y se tiene en
orden la documentación que la Ley exige, se facilita en gran manera dar salida a los conflictos legales que
pudiesen ocurrir.
A continuación compartimos con usted cinco sugerencias que le pueden
ser útiles al momento de recibir una demanda por parte de ex-trabajadores que reclaman haber sido despedidos
sin tener la
razón:
1.- No pierda la calma ni se
apresure a contactar al trabajador. Más bien, tómese el tiempo para leer detenidamente el escrito de demanda y
cuantificar de manera
exacta los montos por indemnizaciones y prestaciones a que aduce tener derecho la persona que le está
demandando.
2.- Generalmente, las primeras audiencias ante las Juntas de Conciliación y Arbitraje en
México se celebran entre tres o
cuatro meses posteriores a la notificación de la demanda en su empresa. Ese tiempo le puede servir para buscar
asesoría jurídica especializada y preparar parámetros para una posible negociación.
3.- Un parámetro comúnmente aceptado por la Juntas de Conciliación para negociar con los
trabajadores consiste en partir al 50% la
indemnización constitucional (es decir, 45 días de salario), más las prestaciones proporcionales que tal vez
se les pudieran adeudar. Si a partir de la realización de dicho cálculo usted se percata que no representa un
desembolso mayúsculo,
puede ponerse en contacto con el abogado de su ex-trabajador para llegar a un arreglo conciliatorio. De esa
manera, puede dar salida al conflicto, sin necesidad de pagar un abogado laboralista.
4.- Si llega a un arreglo conciliatorio con la persona que le demandó, no olvide que tiene
que realizar el convenio
correspondiente por escrito y ratificarlo ante la Junta de Conciliación y Arbitraje, pues dicho convenio produce
efectos de sentencia definitiva, obligatoria para ambas partes, con lo cual el expediente se archivaría como
asunto
concluido.
5.- Recuerde que los juicios laborales pueden resolverse mediante arreglo conciliatorio
durante cualquier fase del
procedimiento. Por lo tanto, esté al pendiente del estado que guarda el proceso; usted puede consultarlo
directamente, independientemente de que haya designado a un abogado para que le defienda.
Estas recomendaciones pueden ayudarle a
sobrellevar el proceso laboral que desencadena una demanda. Aun así, recuerde que siempre tendrá oportunidad de
defenderse, e
incluso, abstenerse de negociar cuando el reclamo se sustenta en argumentos irracionales. Su abogado laboralista
puede asesorarle sobre las mejores alternativas para salir airoso, una vez que ha comenzado el juicio.